La Libertad Avanza (LLA) presentó en la Legislatura de la Ciudad un proyecto de ley para modificar las alturas máximas permitidas para los edificios que dan a la avenida 9 de Julio y sus calles laterales.
La iniciativa propone un nuevo régimen de construcción para el área especial AE27, que comprende las parcelas frentistas a Cerrito, Carlos Pellegrini, Lima y Bernardo de Irigoyen, entre las avenidas del Libertador y Belgrano.
La propuesta establece dos límites de altura, según el sector del corredor. Entre las avenidas del Libertador y Córdoba, los edificios podrán alcanzar hasta 70 metros, mientras que en el tramo comprendido entre Córdoba y Belgrano el máximo será de 60 metros. De esta manera, el proyecto busca ampliar las posibilidades de desarrollo inmobiliario en un área que cuenta con acceso al transporte público, conectividad y una intensa actividad comercial y de servicios.
Un ejemplo de las transformaciones en curso en ese sector es el emprendimiento inmobiliario que la empresa IRSA desarrolla en el ex Edificio del Plata, ubicado frente al Obelisco. El emblemático inmueble, que se encuentra en obra, alcanza aproximadamente los 40 metros de altura y, de acuerdo con el nuevo límite que propone la iniciativa para ese tramo, podría llegar hasta los 60 metros. La modificación normativa ampliaría así el margen de construcción permitido en uno de los puntos más visibles del centro porteño.
El proyecto fundamenta la modificación en la necesidad de aprovechar la infraestructura y la centralidad de la zona. Según los argumentos presentados por sus impulsores, el corredor de la 9 de Julio reúne condiciones para admitir una mayor densidad edilicia por su conectividad, la disponibilidad de transporte, el equipamiento urbano y la concentración de actividades. En ese sentido, sostiene que los límites actuales desalientan la renovación de los edificios y restringen las posibilidades de inversión privada.
La iniciativa plantea una mayor intensidad constructiva para promover nuevos desarrollos residenciales, comerciales, profesionales, hoteleros y de usos mixtos. Para ello, propone reemplazar el artículo 4.1.21 del Código Urbanístico, que regula el Área Especial AE27, y actualizar los planos que determinan la edificabilidad y los usos permitidos en las parcelas alcanzadas.
Uno de los puntos incluidos en el texto es que las nuevas alturas no se aplicarán a los inmuebles catalogados o sujetos a protección patrimonial. En esos casos, continuará vigente la normativa específica que rige para cada propiedad. Además, el proyecto establece que no podrán generarse salientes ni voladizos por fuera de la línea oficial de las parcelas.
La propuesta deberá atravesar el procedimiento de doble lectura previsto para las modificaciones del Código Urbanístico, que contempla una instancia de participación pública antes de la aprobación definitiva. Por el momento, el proyecto constituye una iniciativa legislativa y sus disposiciones no están vigentes.