De acuerdo a la reglamentación establecida en el
Estatuto Universitario de la Universidad de Buenos Aires en su artículo 64 y el
reglamento de juicio académico Resolución (CS) 217/85, la UBA ha iniciado el
proceso de juicio académico al profesor regular de la Facultad de Derecho, el
juez Benjamín Ramón Sal Llargués.
El juez de Casación fue quien escribió junto a su
colega Horacio Piombo el polémico fallo mediante el cual le bajaban la pena y
dejaban en libertad a un acusado de violar a un niño de 6 años.
A través de un comunicado, la casa de altos estudios
indicó que “si bien la UBA es sensible ante la aparición de casos, sospechados
de vulnerar los derechos esenciales del individuo, también se deja en claro que
para garantizar el derecho constitucional de defensa y para evitar posibles
prejuzgamientos, no emitirá opinión hasta tanto finalice el proceso de
enjuiciamiento”.
Según explicó, con esta postura intentará “evitar
que se vea afectada la labor de los diferentes órganos de dirección y gobierno
de la universidad, tales como el Consejo Superior, el Consejo Directivo de la
Facultad de Derecho y el Tribunal Académico, que tendrán a su cargo el proceso
del juicio”.
El artículo 64 del Estatuto Universitario especifica
que: “Los profesores pueden ser sometidos a juicio académico. Para que el
juicio se promueva se requiere acusación fundada de profesores, graduados o
alumnos, en conformidad con la reglamentación que dicte el Consejo Superior de
la Universidad”.
Y será causal de proceso conducente a la cesantía de
un profesor titular: “la participación en actos que afecten a la dignidad y a
la ética universitarias; y haber sido pasible de sanciones por parte de la
justicia ordinaria, que afecten a su buen nombre y honor. En caso de serle
desfavorable a un profesor el juicio contra él entablado, su nombramiento
caduca inmediatamente, y se lo indemniza de la manera que reglamenta el Consejo
Superior”.