El
tribunal colegiado conformado por las juezas Natalia Marcel Molina, María
Cristina Nazar y Carla Cavaliere, condenó por unanimidad a un hombre de 43 años
por ser autor penalmente responsable del delito de abandono de persona, al
descuidar a un anciano de 85 años que padecía un cáncer terminal.
Según
informó el Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura
porteño, si bien no existía un lazo familiar entre el imputado y la víctima,
las juezas consideraron que la convivencia equipara la obligación de asistencia
debida que surge de la ley en el caso de los parientes. La condena de prisión
se hará efectiva al momento que la sentencia quede firme.
En
el juicio, que se extendió durante cinco jornadas de audiencias, se expuso la
imputación efectuada por el fiscal Martín López Zavaleta, por infracción al
artículo 106 del Código Penal, contra el cuidador de un anciano de 85 años que
padecía cáncer de colon y se encontraba inmovilizado, por privarlo de la
atención que requería su condición, como no brindarle alimentos ni líquidos, o
impedir su internación a través del servicio médico PAMI.
El
fiscal requirió la pena de 3 años y 6 meses de prisión, de cumplimiento
efectivo, en virtud de los antecedentes penales que tenía el imputado.
Por
su parte, la defensa, encabezada por la defensora oficial Bibiana Birriel, al
momento de formular su alegato sostuvo la inexistencia de elementos probatorios
para determinar la tipicidad del hecho, el nexo de causalidad entre el
resultado y la conducta de su asistido y la responsabilidad dolosa del mismo.