Por medio de la resolución 112/15, el defensor del
Pueblo porteño, Alejandro Amor, recomendó al Ejecutivo local que se suspenda el
uso del principio activo fenitrotión en todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Como parte del seguimiento permanente que se realiza
sobre las licitaciones y normas relacionadas con los derechos ambientales, se
analizó la licitación pública aprobada por la Resolución N° 1704/14 del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público porteño. Se detectó allí que se
establece el uso del principio activo fenitrotión para combatir a las llamadas
hormigas coloradas en los espacios verdes de la Ciudad. Sin embargo, en otro
apartado, se señala que se deben utilizar productos aprobados por el Ministerio
de Salud de la Nación.
En efecto, el principio activo Fenitrotión se
encuentra taxativamente prohibido por la Resolución N° 1631/13 del Ministerio
de Salud de la Nación, cualquiera sea su forma de comercialización. Del mismo
modo, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
(ANMAT) también prohibió al Fenitrotión en todas sus variedades
(concentraciones, modos de presentación, usos, etcétera). Este principio activo
también ha sido objetado por organismos internacionales.
La resolución firmada por Alejandro Amor fue
dirigida a la Dirección General de Espacios Verdes y recomienda que se prohíba
el uso del Fenitrotión en el ámbito de la Ciudad, solicita que sea reemplazado
por herramientas de menor impacto ambiental y sanitario, y que se aplique un
manejo integral de control de plagas. A su vez, solicita que toda vez que se
requiera el uso de biocidas químicos, que se incorpore a la licitación el
listado de principios autorizados por los organismos correspondientes.