La jueza María Soledad Larrea, a cargo del tribunal en lo Contencioso Administrativo y Tributario 21, hizo lugar parcialmente a la medida cautelar iniciada por una mujer transgénero, quien solicitó al Consejo de la Magistratura porteño el cumplimiento del cupo laboral para personas trans -transgénero, transexuales y travestis- previsto en la ley 4376.
Según informó IJudicial, la orden fue en el marco de la causa “Hendrickse, Cristina M. contra Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. sobre Impugnación de actos administrativos”.
Larrea fundamentó su decisión en la legislación nacional y local, entre ellas mencionó la ley 26.743 de Identidad de Género, y el artículo 38 de Constitución local que incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas, estimulando la modificación de los patrones socioculturales estereotipados.
En tal sentido, indicó que “repercute además en otros aspectos inherentes a los demás derechos esenciales (por caso, vivienda o salud). De esta forma, se verifica que la elección sexual lleva a condiciones de exclusión o marginalidad que requieren acciones positivas para la efectiva constitución de la igualdad garantizada”.
“Hacer lugar a tal petición implicaría incurrir en una desigualdad respecto de los demás integrantes del Poder Judicial o incluso de otros grupos sociales que también han tenido protección legal en orden a la lógica de las discriminaciones positivas”, argumentó la amparista.
Por último, Larrea libró oficios judiciales donde exhortó también “al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad, al Sr. Presidente de la Legislatura de la Ciudad, a la Sra. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y a cada uno de los titulares de las tres ramas del Ministerio Público de la Ciudad a dictar las reglamentaciones pertinentes a fin de dar cabal cumplimiento al mandato legal referido".
La causa fue iniciada por una mujer transgénero de profesión abogada, quien fue contratada durante diez meses por la Defensoría del Pueblo porteña.