La jueza en lo contencioso, administrativo y tributario María Soledad Larrea hizo lugar a una demanda presentada por una mujer que presentó una demanda por mala praxis.
La mujer dijo que luego de que se le
practicaran dos cirugías en el ojo derecho en el Hospital Santa Lucìa no recuperó la
visión.
Según informó IJudicial, la paciente sufría
glaucoma en el ojo derecho, motivo por el cual fue operada.
La accionante no recuperó la vista tras
dicha operación, posteriormente se le diagnosticó cataratas y en noviembre de
2001, se le practicó una nueva cirugía de cambio de cristalino, la cual también
resultó infructuosa.
Fue relevante
para dictaminar el fallo que “la actora fue diagnosticada,
operada y continuó su atención con un médico que, si bien era cirujano, no era
especialista en Oftalmología”; y no contó con la
supervisión exigida por ley por parte del Hospital, motivo por el cual sufrió “una secuela grave, como es la pérdida absoluta de
visión de un ojo”.
La magistrada
destacó otros dos hechos, en primer lugar, que desde el Hospital “no sólo se perdió la Historia Clínica original, sino que se adjuntó un
duplicado con severas irregularidades”.
En segundo lugar “no se le requirió a la actora consentimiento informado para
practicarle la trabeculectomía del ojo derecho”.
Por todos
estos motivos, la sentencia también dictaminó que “asiste responsabilidad a
la (…) Directora del Hospital”, quien “tenía la obligación de velar por la correcta administración del
nosocomio, extremo que no puede considerarse cumplido si se admite que una
persona sea operada por un médico que no completó su formación”. Y a su
vez, la responsabilidad “correspondiente a la pérdida de la historia
clínica y las deficiencias en cuanto a los mecanismos para brindar el
consentimiento informado” a la paciente.