El
texto -elaborado por la Defensoría del Pueblo y presentado ante la Legislatura
porteña- propone la modificación de tres artículos del Código Fiscal de la
Ciudad.
La
Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta con dos tipos de impuestos sobre las
propiedades inmuebles, aquellos que responden a una tasa asociada a los
servicios que brinda el GCBA (el alumbrado, barrido y limpieza -ABL-, y el
impuesto inmobiliario (también denominado rentas).
Para
ambos tipos de tributos el Código Fiscal de la Ciudad establece un régimen de
exención para determinados grupos sociales.
En
particular el inciso “e” del Título III, Capítulo VI del Código establece que
“la valuación fiscal (del inmueble) no debe exceder del importe que establezca
la ley tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención”.
En
este sentido, el proyecto de este organismo argumenta que el límite establecido
atenta contra el espíritu de la exención, ya que al tomar el valor económico
del metro cuadrado de acuerdo a los parámetros del mercado comercial, no se
tiene en cuenta la realidad socioeconómica de estos dos grupos sociales.
El
límite genera situaciones discriminatorias e injustas para un sector de los
jubilados y pensionados que tienen bajos ingresos, en especial si se tiene en
cuenta que en muchos casos estas personas pueden ser propietarias por herencia,
o como fruto de su esfuerzo como trabajadores a lo largo de su vida.
"La
Defensoría del Pueblo considera que no se puede excluir a estos sectores
vulnerables de nuestra sociedad de un beneficio, solo por tener un patrimonio
mayor que el resto", define la iniciativa.