La
justicia porteña dictó una medida cautelar que ordena al Gobierno de la Ciudad que
otorgue una “adecuada e inmediata satisfacción a los requerimientos económicos
y materiales” de quienes se encuentran acampando frente a un inmueble
siniestrado el 20 de julio pasado, informó IJudicial.
La
jueza Patricia López Vergara, titular del juzgado 6 en lo Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió “hacer lugar
a la medida cautelar” solicitada en el marco de una acción de amparo por las
familias que habitaban el inmueble ubicado en la avenida Pedro de Mendoza N°
1447/51, antes del incendio intencional ocurrido el 20 de julio, que motivó la
clausura preventiva y desalojo de dicha propiedad.
Luego
de la realización de la inspección dispuesta por la magistrada el pasado 4 de
agosto, y tras celebrar varias audiencias entre las partes, concluyó que “se
hallan expuestas todas las carencias e indignidades a las que se ven sometidos
los reclamantes: su situación de vulnerabilidad por la grave afectación que han
sufrido en su derecho a la vivienda, su exposición a la intemperie a la que
están expuestos hace 19 días, la grave afectación a su salud y dignidad humana,
carencias todas que se han advertido en el reconocimiento judicial”.
“La
situación de emergencia en la que se hallan obliga a la toma de decisiones
urgentes con miras a paliar la ‘dramática desigualdad existente entre quien
tiene demasiado y quien no tiene nada’”, expresó López Vergara.
En
consecuencia, ordenó al GCBA y al IVC que “otorguen una adecuada e inmediata
satisfacción a los requerimientos económicos y materiales de los amparistas”; y
dispuso que “en el caso de optar por el otorgamiento de un subsidio, los fondos
deberán ser suficientes para cubrir la totalidad del costo de un alojamiento en
condiciones dignas de habitabilidad”, contemplando “la composición de cada
grupo familiar” y “dentro de las 24 horas de la concurrencia de los amparistas a
la oficina pertinente, munidos de la documentación requerida a tal fin”.
A
su vez, “en el plazo de un día y hasta tanto se reubiquen a los actores”, la
jueza ordenó “que por medio del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del
GCBA y/o quien fuera competente, proceda a la instalación inmediata de dos (2)
baños químicos -aparte del existente- en las inmediaciones en donde se hallan
los grupos familiares individualizados en este decisorio”, y que se brinde a
los amparistas “suficientes abrigos a fin de paliar las condiciones climáticas
y las temperaturas adversas, en tanto no se modifiquen sus condiciones de
existencia actual”.