El
proyecto de ley que tiene por objeto regular la publicidad y promoción de la
venta de bebidas alcohólicas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, a
efectos de prevenir y asistir a la población ante las consecuencias negativas de
su consumo en exceso, recibió hoy dictamen favorable de la Comisión de Salud y
será girado a su par de Espacio Público con lo que se produjo un paso
importante hacia el tratamiento en el recinto.
La
iniciativa de los diputados Roy Cortina y Hernán Arce (PSocialista) tiene como
finalidades promover el consumo responsable de bebidas alcohólicas,
desalentarlo por parte de personas menores de 18 años, reducir los daños
sanitarios y sociales que produce el alcoholismo, concientizar a la sociedad
sobre los efectos disvaliosos de consumir bebidas alcohólicas en exceso y
promover la responsabilidad social de los fabricantes y empresas distribuidoras
de esta clase de bebidas.
"Queda
prohibida toda publicidad de bebidas alcohólicas a través de anuncios en la vía
pública ubicados dentro de un radio menor de doscientos (200) metros alrededor
de establecimientos educativos y deportivos. También la realizada en el
interior de estadios y otros ámbitos en los que se realicen actividades
deportivas y culturales en forma masiva", expresa el artículo 4° del
proyecto. En tanto el 5° postula que "en todos los casos, los anuncios de
venta de bebidas alcohólicas en la vía pública deben incluir un mensaje
sanitario" tales como: "El consumo excesivo de alcohol es perjudicial
para la salud", "No bebas alcohol durante el embarazo", "Si
vas a conducir no tomes alcohol", "El alcohol al volante mata",
"El consumo excesivo de alcohol causa cirrosis hepática", "El
consumo excesivo de alcohol causa enfermedades cardiovasculares", “Tomar
alcohol en exceso te acorta la vida”.
Por
otra parte, el proyecto propone que "Queda prohibido todo tipo de
patrocinio o financiación de actividades culturales, deportivas o educativas
con libre acceso, por parte de empresas o personas cuya actividad principal o
más reconocida sea la fabricación, distribución o promoción de bebidas
alcohólicas, si ello implica la publicidad de las mismas". Además,
"Los medios de comunicación oficiales de la Ciudad de Buenos Aires deben
abstenerse de trasmitir publicidad de bebidas alcohólicas. Dentro de su
programación deben incluir avisos y contenidos que promuevan el consumo
responsable de alcohol y los riesgos que produce que el mismo sea
abusivo".
El
artículo 8° señala que "El Poder Ejecutivo, a través de las áreas que correspondan,
desarrolla acciones informativas y educativas sobre las consecuencias negativas
del consumo en exceso de alcohol y el alcoholismo como adicción. A tal efecto,
promueve la celebración de convenios con organismos nacionales e
internacionales, públicos y privados, a efectos de coordinar la realización de
campañas destinadas a su prevención y a la mejora de la salud de la
población".
"Los
establecimientos del subsector estatal de salud deben elaborar programas
específicos para la prevención, detección precoz, asistencia y tratamiento del
alcoholismo", apunta el artículo 9° y el 10° postula multas a los
infractores de 500 a 12.000 unidades fijas conforme el artículo 19 de la Ley
451 y la inhabilitación para realizar actividades publicitarias y, en su caso,
la clausura de los locales donde se verifique la infracción.
La
reunión que tuvo lugar este mediodía en el Salón "Ciudad de
Montevideo" fue presidida por la diputada Victoria Roldán Méndez (PRO) y
asistieron sus pares Graciela Ocaña (CP) -vicepresidente segunda-, María Inés
Gorbea, María Vischi (SUMA+), Paula Villalba, Lía Rueda, Natalia Persini y
Christian Bauab (PRO).
Hubo
coincidencias en que el proyecto es resultado de la Mesa de Diálogo sobre
adicciones en la que participaron diversos expertos, quienes entre otras
recomendaciones solicitaron adoptar medidas en cuanto a la publicidad y
promoción de la venta de bebidas alcohólicas.
El
dictamen de la Comisión de Salud será girado a la Comisión de Protección y uso
del Espacio Público que preside el diputado Gabriel Sahonero (PRO) como paso
previo a su tratamiento en el recinto de sesiones.