Según
informó el Sistema de Difusión Judicial del Consejo de la Magistratura porteño, la
Justicia local determinó que el sistema de contención dispuesto por el
Ministerio de Salud para personas con discapacidad intelectual que soliciten
una práctica de aborto no punible, debe sustentarse en la confianza, el respeto
y la voluntad de las pacientes. Familiares y amigos podrán brindar el apoyo
establecido en la normativa.
El
titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad
de Buenos Aires, Roberto Gallardo, resolvió intimar al Gobierno de la Ciudad a
modificar la Resolución del Ministerio de Salud N° 1860 del 2013 mediante la
cual se dispuso la creación de un “Equipo Interdisciplinario de Apoyo para
pacientes con discapacidad intelectual y/o psico-social que soliciten prácticas
de aborto no punible”.
En
su fallo, el juez consideró que en la instrumentación del sistema no debe
soslayarse que éste se inscribe en el marco del cambio de paradigma del
“sistema de sustitución en la toma de decisiones” impuesto por la Convención
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y que “el mismo
constituye un pilar imprescindible para garantizar la igualdad de las personas
con discapacidad en el ejercicio de sus capacidades jurídicas y de sus
derechos”.
Por
otra parte, el juez consideró que, según la resolución cuya modificación se
propicia, el equipo de apoyo “actuará en forma conjunta con el equipo médico
tratante y estará conformado por diversos profesionales que serán designados
por la Dirección del Hospital”.
La
sentencia fue dictada en el marco de un amparo iniciado por la Asociación por
los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Red por los Derechos de
las Personas con Discapacidad (REDI).
En marzo de 2013 la jueza Patricia López
Vergara, en calidad de subrogante del Juzgado 2, había resuelto suspender
cautelarmente la aplicación de ciertos requisitos previstos en el protocolo
para el aborto no punible en la Ciudad. Entre otras medidas, había ordenado que
se arbitre un sistema de salvaguarda para que la mujer discapacitada pueda
tomar sus decisiones en forma autónoma