Las personas que pinten o dañen vagones de trenes o subtes podrán ser
sancionadas con multas de hasta 6.000 pesos, de acuerdo a una ley aprobada en
la Legislatura porteña.
La disposición establece sanciones económicas a quienes realicen
pintadas o graffitis sobre bienes de propiedad pública y privada o en estatuas,
monumentos, templos, hospitales, así como en estaciones y vagones de subte y
trenes.
Así, aquellas personas que infrinjan la ley serán objeto de penas de “1
a 15 días de trabajos de utilidad pública o de 200 a 3.000 pesos de multa” cuando
cometan la contravención o el doble de multa cando “la acción se realice desde
un vehículo motorizado o cuando se efectúa sobre estatuas, monumentos, templos
religiosos, establecimientos educativos y hospitalarios, edificios o lugares
públicos, estaciones y vagones de subterráneos o de trenes”.