La Cámara de Apelaciones en lo Penal,
Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la
orden de clausura preventiva dispuesta días atrás por la jueza Claudia Alvaro
sobre la web de UBER Argentina y las plataformas digitales y aplicaciones.
Según informó IJudicial, en la resolución se resalta
que dicha orden está limitada al territorio porteño hasta tanto la empresa se
adecue a la normativa de la Ciudad.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal,
Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvió, por
unanimidad, confirmar la resolución dictada por la jueza Claudia Alvaro el
pasado 22 de abril, en lo respectivo a la orden de “clausura/bloqueo
preventivo” de la página “www.uber.com/argentina y las plataformas digitales,
aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer
uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece la empresa UBER
TECHNOLOGIES INC, UBER ARGENTINA SRL O UBER B.V., limitándola al estricto
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tanto la empresa se adecue a la
normativa de la ciudad”.
En la resolución firmada este jueves 5 de mayo por
los camaristas Marcela De Langhe, Fernando Bosch y Pablo Bacigalupo, se
analizaron los argumentos expuestos por la defensa del CEO de la empresa UBER
en el recurso de apelación interpuesto.
“UBER debe
cumplir con el conjunto de reglas constitucionales, legales y reglamentarias
citadinas que se refieran a la actividad comercial que realiza, sin perjuicio
de la observancia de la normativa que además le corresponda ante la Nación u
otras provincias. Ello así, toda vez que el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires no sólo posee la atribución sino el deber de ejercer el poder de policía
en aras de proteger la seguridad de las personas que habitan su territorio”,
afirma la sentencia.