La Justicia porteña reconoció el daño
psicológico ocasionado a una viuda y sus hijos debido a que el
Hospital Pirovano omitió avisarles en tiempo y forma de la
internación y muerte del padre y no conservó debidamente su
cadáver, informó el
Departamento
de Información Judicial
Consejo
de la Magistratura.
La
titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y
Tributario N°22 de la Ciudad de Buenos Aires, María Rosa Cilurzo,
hizo lugar el pasado 14 de mayo a la demanda iniciada por un mujer y
sus hijos y condenó al Gobierno porteño a resarcirlos por daño
psicológico y moral.
La sentencia se dictó en el marco de
una causa por daños y perjuicios contra el Gobierno local, el
Hospital “Ignacio Pirovano” y tres funcionarias del nosocomio: la
Jefa de la División de Asistencia Social, la Jefa de la Sección de
Admisión y Egresos y la Jefa de la Sección Citología, a cargo de
la conservación de cadáveres.
En la demanda la mujer denunciaba,
junto a sus hijos, que el 21 de febrero de 2004 su marido salió del
hogar y nunca regresó. Según su relato, recién el 3 de abril, tras
una búsqueda en hospitales, comisarías y a través de los medios,
que incluyó consultas en el Hospital Pirovano, les llegó una carta
de este sanatorio donde se les solicitaba que acudieran para realizar
los trámites relacionados con el fallecimiento del hombre, ocurrido
el 27 de marzo. Además de la falta de aviso de la internación y
muerte de su familiar, quien había ingresado al hospital con el
documento de identidad, los actores denunciaban que al reconocer el
cadáver, éste se encontraba en estado de descomposición.